viernes, 22 de octubre de 2021

“La Fortuna”. Entre la ficción de la nuevas series de televisión y la realidad de un gran descubrimiento arqueológico

 Hace unos días, la plataforma de televisión Movistar+ estrenó, bajo un gran despliegue publicitario, la serie de Alejandro Amenábar “La Fortuna”. El argumento de la serie es sencillo: Atlantis, una gran compañía norteamericana que se dedica a la búsqueda y el rescate de antiguos barcos sumergidos en el fondo del mar, acaba de encontrar en el estrecho de Gibraltar los restos de un barco que contenía en sus bodegas, antes de hundirse, un gran tesoro en monedas de oro y plata, y otros objetos de gran valor. El dueño de la compañía, Frank Wild (Stanley Tucci) decide anunciar a bombo y platillo el descubrimiento, iniciando de esa forma un proceso judicial en el cual, si en el plazo de siete días nadie reclama la propiedad de todo lo descubierto, el tesoro será adjudicado definitivamente a su descubridor, que podrá hacer con él todo lo que quiera. Enterado de ello el Gobierno español, y ante la sospecha de que el pecio pueda corresponder a un antiguo barco de la Armada española, “La Fortuna”, hundida en 1804 por los disparos de un buque inglés sin previo aviso, en una situación en la que ambos países todavía no estaban en guerra, decide personarse en del proceso, reclamando así todo lo que los norteamericanos han podido sacer del fondo del mar. Para ello cuentan con la ayuda de dos funcionarios españoles, un inexperto diplomático que acaba de llegar al ministerio de Cultura, Alex Ventura (Álvaro Mel), y Lucía (Ana Polvorosa), una progresista recalcitrante que trabaja en la sección de Protección del Patrimonio, además de un importante abogado norteamericano, Jonas Pierce (Clarke Peters), especializado en hacerle siempre la guerra a su antiguo amigo Wild, obligándole a entregar a los museos sus descubrimientos más importantes.

            La serie ha tenido muchas buenas críticas, y también algunas negativas, como la de Álvaro Onieva, publicada en el blog especializado “Fuera de series”. Para entender la crítica, creo conveniente recoger aquí algunas de las frases escritas por él: “Aventuras a lo Tin Tin [sic], reivindicación de un pasado histórico perdido, y Movistar+ en alianza con AMC metiendo pasta hasta aburrir parecían garantes del siguiente gran fenómeno televisivo español, ese que tras la esplendorosa remesa de finales de 2020 tanto se está haciendo de rogar… Tampoco ayudan los personajes protagonistas y su dibujo de trazo grueso: ella es progre, está bastante amargada y no se lava el pelo (pero tendrá que asumir que en la vida no se puede ser tan idealista) y él es un niño pijo con poca calle, repeinado y respetuoso con la burocracia (que aprenderá a desmelenarse y saltarse las normas). Ella está muy enfadada todo el rato y de él nos preguntamos cómo han escogido a ese actor. Y con ello, un Karra Elejalde siempre carismático, pero con una caracterización que no sabes si es el ministro de interior o un agente de la T.I.A. de Mortadelo y Filemón. Y en esas se van sucediendo las pesquisas en una narración río con paradas en callejones sin salida, soluciones que caen del cielo y lunáticos gaditanos. Y políticos de la Junta de Andalucía que no saben inglés, y eso, al parecer, les parece el peak del humor a los responsables de la serie.”

Ya he comentado en algunas ocasiones que éste no es un blog cinematográfico, y menos aún televisivo, por lo que no voy a incidir demasiado en esta crítica, que a mí, en realidad, me parece injustificada, sino en el trasfondo histórico que se esconde detrás de la serie. Pero si me gustaría, antes de profundizar en ese trasfondo, comentar que en realidad la serie se basa, en primer lugar, en una novela gráfica, es decir, en un cómic, de Paco Roca y de Guillermo Corral -sobre este último, hablaremos más detenidamente al final del texto, pues su autoría me parece muy ilustrativa de lo que quiero decir-. Desde este punto de vista, a mi modo de ver resulta plenamente justificable la caracterización de cada uno de los personajes, incluido ese desconcertante ministro de Cultura -no de Interior, como afirma el crítico, lo que demuestra que no le ha dedicado demasiado tiempo a ver los dos primeros capítulos-. También en ese mismo espíritu un tanto caricaturesco, propio de los comics, se enmarca la caracterización de los funcionarios y políticos de la Junta de Andalucía, que permite a Onieva a definir la serie de Amenábar de “andaluzofobia”, una andaluzofobia que, en todo caso, no tiene nada que ver con esa tendencia actual del cine y las series españolas, de caricaturizar a las diferentes regiones españolas, y también de otros países extranjeros, que tan de boga está, lamentablemente, en los últimos años.

Y finalmente, otra crítica de Onieva está dirigida ya a la propia realización de la serie: “Pero más sorprende aún la colocación de la escena naval entre los dos primeros episodios, sin ningún tipo de lógica en cuanto a estructura: empieza al final del primer episodio y se corta, para proseguir en el siguiente sin ningún tipo de cliffhanger  ni clímax dramático; se corta ahí porque sí, porque en algún sitio habrá que parar y se ha decidido aleatoriamente que sea ese para estirar lo del barco hacia el siguiente episodio. Esto nos da bastante la medida de cómo la estructura episódica no está trabajada. Se nota que se ha pensado el relato como un todo y no se han trabajado los capítulos como unidades propias.” En realidad, esto no es así. Está claro lo que Amenábar pretende al trabajar de esta forma: nos presenta al final del primer capítulo lo que va a ser el último viaje de “La Fortuna”, la carga del tesoro en un puerto americano, para después, en las primeras escenas del segundo episodio, dejar caer sobre el espectador toda la tragedia que debió significar para sus protagonistas el hundimiento del buque.

Dicho esto, vamos ahora con lo que realmente nos importa en un blog de historia, como es éste: el trasfondo histórico de la serie. Y es que el argumento de “La Fortuna”, como el de “El Tesoro del Cisne Negro”, la novela gráfica en el que se basa la serie de televisión, nos recuerda mucho, y no por casualidad, la historia del descubrimiento de un pecio real, la fragata española “Nuestra Señora de las Mercedes”, y de la victoria judicial que el Gobierno español logró contra la empresa que lo había descubierto, Odyssey, un hecho que ha sido considerado, con toda lógica, como la única batalla naval obtenida por España en este siglo XXI. Y es que el propio cómic, no es ningún secreto, se basa, casi hasta en el más mínimo detalle, en la historia de la recuperación de este barco, como se demuestra en algo tan aparentemente trivial como que, durante la reunión mantenida por todas las autoridades que forman la comisión de investigación creada por el ministerio de Cultura para decidir o no si interponer la denuncia contra la empresa norteamericana, a la que asiste también el abogado que va a ser el encargado de defender los intereses del Gobierno español, el personaje que protagoniza Ana Polvorosa se refiere a éste de la siguiente manera: “Este abogado ya nos ganó dos juicios hace unos años.” En efecto, unos años antes de que saltara el caso de la “Mercedes”, en 2001, el Gobierno español ya había presentado una demanda ante los tribunales de Estados Unidos, con el fin de que fueran devueltos alrededor de un centenar de objetos procedentes de dos fragatas de la armada española, “Galga” y “Juno”, que se habían hundido frente a las costas de Carolina del Norte en 1750 y en 1802, respectivamente por culpa de un huracán y una tormenta, demanda que había sido ganada también por el Gobierno español.

Pero antes de proceder a contar al lector la historia del tesoro de la “Mercedes”, vamos a hablar un poco de su prehistoria, es decir, de aquel último viaje, que llevaría hasta el fondo del mar todo lo que contenía en sus bodegas, que era mucho: varios miles de reales, en monedas de oro y de plata, además de otros muchos objetos realizados en metales preciosos, y varias toneladas de quina, canela y tela de vicuña, muy valiosos en aquella época. Fue el 2 de febrero de 1804 cuando partió del puerto de El Callao (Lima, Perú), una pequeña flota de la Armada española, compuesta por cuatro fragatas, la “Medea”, que era el buque insignia, la “Fama”, la “Santa Clara” y la “Nuestra Señora de las Mercedes”, llevando en sus bodegas, como se ha dicho, una carga valorada en varios millones de reales de la época. Desde el primer momento, los problemas se fueron sucediendo, y al llegar a Montevideo (Uruguay), el convoy tuvo que detenerse durante unos días debido al mal tiempo y, sobre todo, a una avería sufrida en el bauprés de la “Santa Clara”. De Montevideo partieron los cuatro barcos el 9 de agosto, pero los problemas más graves llegaron ya cuando se encontraban al final del viaje, nada más divisar la costa portuguesa del Algarve, frente al cabo de Santa María.

En ese momento, los barcos españoles se vieron sorprendidos por una flota de cuatro naves inglesas, que estaban al mando del comodoro y vicealmirante Graham Moore, que, sin previo aviso, y a pesar de que los dos países en ese momento no se encontraban en guerra -si lo estaba Inglaterra con Francia-, disparó contra los navíos españoles. Uno de los proyectiles hizo explotar la santabárbara de la “Mercedes”, que saltó por los aires, de tal forma que, en cuestión de pocos minutos, terminó hundiéndose, arrastrando con ella a un total de 249 tripulantes. Sólo cincuenta y una personas lograron sobrevivir a la tragedia. Entre los fallecidos estaba la familia -la mujer y ocho de sus hijos- de Diego de Alvear y Ponce de León, capitán del navío y segundo jefe de la escuadra, después de cumplir su misión en el establecimiento del trazado de los límites en Paraguay; la tragedia de este marino de origen cordobés, quien, con uno de sus hijos, Carlos,  que era cadete del regimiento de Dragones de Buenos Aires, viajaba a bordo de la “Medea”, también se representa de manera bastante dramática en el segundo episodio de la serie. Los otros tres barcos que integraban la pequeña flotilla intentaron, en un primer momento, hacer frente a la escuadra enemiga, pero no pudieron mantener la oposición durante mucho tiempo, y fueron hechos prisioneros y conducidos, primero, a Gibraltar, y más tarde a Gosport, en Inglaterra. El hecho obligó a Carlos IV y a Godoy a declararle la guerra a Inglaterra, lo que traería como última consecuencia la derrota de la Armada franco-española en la batalla de Trafalgar, el 21 de octubre de 1805.

Allí, en el fondo del lecho marino, permaneció el tesoro de la fragata “Nuestra Señora de las Mercedes”, hasta el mes de mayo de 2007, cuando la empresa de cazatesoros estadounidense Odyssey Marine Exploration, que había sido fundada en 1994 por Greg Stemm para rescatar del fondo del mar restos de barcos hundidos con fines principalmente especulativos, bien mediante la venta directa de lo rescatado o bien, mediante la explotación y comercialización de reportajes sobre dichos descubrimientos, pudo sacar a la luz una parte muy importante de su carga. Entre los objetos recuperados, había cerca de seiscientas mil monedas, “reales de a ocho” y escudos, de la época de Carlos IV, acuñados en Lima además de otros muchos objetos realizados en esos mismos metales nobles, oro y plata, y otros de menor valor crematístico, pero de gran valor para conocer mejor la época y las circunstancias en las que se produjo el hundimiento del barco. El tesoro, de varias toneladas de peso, era de tal magnitud, que para transportarlo hasta Tampa, en el estado de Florida, donde ésta tenía su sede, la empresa se vio obligada a fletar un Boeing 737. Y desde el primer momento, un manto de niebla se extendió sobre aquel pecio, a pesar del gran despliegue con el que fue anunciado su descubrimiento en un primer momento, con el fin de intentar mantener oculta la procedencia del barco, y sobre todo su identidad. Para ello, Odyssey le dio un nombre en clave , “Black Swan”-“Cisne Negro, hasta en este detalle el cómic es fiel a la realidad-, y se apresuró a iniciar un proceso ante los tribunales de su propio país, con el fin de poder adjudicarse en el menor tiempo posible todo lo descubierto.

Sin embargo, y al contrario de lo que suele ser usual en este tipo de gestiones en nuestro país, el Gobierno español en este caso sí actuó con rapidez. Con el antecedente de lo que había sucedido en el año 2001, cuando se habían podido recuperar los objetos procedentes de la “Galga” y del “Juno”, decidió reclamar la totalidad del tesoro, a pesar de que Odyssey había intentado negociar infructuosamente con el fin de poderse quedar con una parte de lo descubierto, alegando que los objetos recuperados procedían de un barco español, el “Nuestra Señora de las Mercedes”. En un artículo firmado por James A. Goold, miembro del bufete de abogados Covington and Burling, y encargado de la defensa de los intereses españoles en el juicio, y Elisa del Cabo, subdirectora general de Protección del Patrimonio Histórico -representados, en el cómic y en la película, por los personajes de Jonas y de Lucía-, que forma parte del libro “El último viaje de la fragata Mercedes. La razón frente al expolio. Un tesoro cultural recuperado”, podemos leer cómo se llevaron a cabo las primeras actuaciones en este sentido:

“La versión de los hechos contada por Odyssey era difícil de creer, y las comunicaciones entre la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales en Madrid y el señor Goold, en Washington, comenzaron de inmediato para explorar las opciones legales que España tenía de conocer la verdadera historia, ya que se sospechaba que el Black Swan era, en realidad, un barco español. Oddysey Marine Exploration ya tenía una mala reputación como empresa cazatesoros. De hecho, en noviembre de 2006, la Subdirección General de Protección de Patrimonio Histórico les había comunicado la prohibición de toda actividad de explotación comercial del patrimonio cultural subacuático, y por tanto de pecios españoles, de acuerdo con la legislación de patrimonio y la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural subacuático de la Unesco, ratificada por España. Por tanto, se sospechaba que esta empresa, sabiendo que no podía realizar operaciones lícitas en buques españoles, había llevado a cabo una operación clandestina desde fuera del territorio español, llevándose rápidamente y en secreto el cargamento sustraído con la esperanza de que las autoridades y los tribunales estadounidenses la protegerían de la legislación española. Una búsqueda en los archivos de los tribunales de Estados Unidos confirmó rápidamente estas sospechas. Dichos archivos indicaron que en abril de 2007, un mes antes de la llegada del tesoro a Estados Unidos, Oddysey ya había iniciado un proceso judicial ante el Tribunal Federal de Tampa (Florida) solicitando la propiedad de un pecio no identificado que había sido localizado en el océano Atlántico a unas 100 millas al oeste de Gibraltar. Esta pista proporcionaba un punto de partida importante para la investigación, ya que indicaba que Odyssey había utilizado Gibraltar como base para saquear de forma clandestina un barco español que se había hundido a su regreso a Cádiz. Pero no era lo mismo sospechar que el Black Swan era un barco español que demostrarlo en un tribunal.”

De esta forma, y como primera iniciativa, se creó un grupo de trabajo formado por miembros del Ministerio de Cultura, el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia, la Guardia Civil, y otras instituciones españolas, con el fin de recabar toda la información posible respecto de la verdadera identidad del barco, al tiempo que se presentaba en el Tribunal de Justicia de Tampa una demanda, basada en la sospecha de que el Oddysey había expoliado un barco español. En febrero de 2008, el tribunal de Tampa obligaba a Oddysey a entregar al Gobierno de España un inventario exacto de todos los objetos recuperados, así como del libre acceso a las fotografías y a las películas de vídeo con las que se había documentado el descubrimiento. Y todo ello, confrontado con el registro de la carga del “Nuestra Señora de las Mercedes”, que permanecía en los archivos españoles, no daba lugar a dudas: en efecto, se trataba de la carga de la fragata “Nuestra Señora de las Mercedes”. Además, las coordenadas de GPS del lugar donde la empresa estadounidense había extraído aquellos objetos del fondo del mar, coincidían exactamente con el punto donde se había producido a principios del siglo XIX la corta batalla del Cabo de Santa María.

El 22 de diciembre de 2009, el Tribunal Federal de Tampa emitía su fallo, de treinta y nueve páginas, en el que daba la razón al Estado español, una decisión que fue apelada inmediatamente por la empresa Oddysey. Finalmente, el 21 de septiembre de 2011, el Tribunal de Apelaciones de Atlanta señaló, por unanimidad de todos sus miembros, que el fallo del tribunal de Tampa había sido el adecuado, y aunque la empresa cazatesoros intentó acudir después al Tribunal Supremo de Estados Unidos, esta nueva apelación fue desestimada, señalándose la fecha del 24 de febrero de 2012, como el día límite para que todos los objetos recuperados pudieran encontrarse de regreso en nuestro país. Recojo, de nuevo, las palabras de James A. Goold y Elisa del Cabo, respecto a cómo fue la llegada de aquellos objetos a España, y a las últimas determinaciones llevadas a cabo por el Gobierno español: “En la mañana del viernes 24 de febrero, dos aviones Hércules de la Fuerza Aérea Española esperaban en la base aérea de MacDill, en Tampa, para recibir los objetos y llevarlos de vuelta a España. Al mediodía del sábado 24 de febrero de 2012, los aviones aterrizaron en la base aérea de Torrejón, dando comienzo al proceso de inventariado y restauración de las más de 500.000 monedas y objetos. Sin embargo, la historia no termina con el retorno de la carga desde Florida. Durante el litigio, el equipo español encontró pruebas que indicaban que Oddysey no había proporcionado un inventario completo de los artículos extraídos del Nuestra Señora de las Mercedes, a pesar de haber declarado bajo juramento que la lista era la definitiva. Había claros indicios de que varios cientos de monedas y unos 60 objetos adicionales se habían escondido en un almacén de Gibraltar. Odyssey no había cumplido las órdenes del tribunal de devolver todos los objetos en la fecha límite del 24 de febrero de 2012. Debido a que estos objetos se encontraban en Gibraltar, fue necesario desde un punto de vista jurídico demostrar que los principios que España había alegado ante los tribunales de Estados Unidos también debían ser reconocidos por el ordenamiento jurídico británico. España inició la reclamación con la ayuda del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y, una vez más, unas alegaciones legales detalladas demostraron que el Nuestra Señora de las Mercedes y toda la carga eran bienes de España y debían ser entregados.

Los objetos de Gibraltar fueron liberados en dos lotes: el primero, el 7 de junio de 2012, y el segundo y último, que consistía en unas 300 monedas y otros objetos, fue entregado el 19 de julio de 2013. A las tres de la tarde del 19 de julio de 2013, cuando el último lote de objetos cruzó la frontera y llegó a La Línea de la Concepción, se pudo afirmar, sin la más mínima duda, que la segunda batalla de Nuestra Señora de las Mercedes se había ganado. Aunque los objetos recuperados de Gibraltar eran mucho menos numerosos que las monedas y objetos de Florida, incluían artículos muy significativos y notables, como monedas que reflejaban los daños producidos por la explosión sufrida por la fragata y que eran, por tanto, una prueba evidente de la identidad del barco: botones, platos y otros artículos de la vida cotidiana que nos recuerdan que el Nuestra Señora de las Mercedes era algo más que las miles de monedas recuperadas y restauradas.

Después de recuperar todos los objetos, quedaba pendiente una última actividad legal: solicitar una indemnización a Odyssey por haber ocultado el hecho de que el Black Swan era el Nuestra Señora de las Mercedes, y por incumplir la orden judicial de devolver lo depositado en Gibraltar. El 25 de septiembre de 2013, el tribunal de Tampa emitió una decisión en la que se atiene de nuevo a los argumentos esgrimidos por España, a la cual ensalza, al mismo tiempo que señala la frivolidad, deshonestidad y mala fe continuadas por parte de Odyssey desde el inicio del litigio, al negarse a identificar el pecio, agotar todos los recursos, a pesar de que sabía la verdadera identidad, y por su desafiante resistencia a las resoluciones judiciales. Así, el tribunal ordenó a Odyssey pagar al Estado español una sanción económica de 1.072.979 dólares, poniendo fin al último capítulo de las actuaciones judiciales.”

Las piezas recuperadas por Odyssey, y traídas de regreso a España, fueron repartidas, para su exhibición pública, por diferentes museos españoles, principalmente entre el Museo Naval de Madrid y el Museo Nacional de Arqueología Submarina, con sede en Cartagena. Con respecto a los derechos aducidos por el Gobierno español para hacerse cargo de la totalidad de la carga del barco, hay que tener en cuenta tanto los usos internacionales en este tipo de casos como la Convención de la Unesco y las leyes propias de las diferentes países. De la combinación de todos estos factores se aprecia dos maneras diferentes de actuar. Así, principalmente en el norte de Europa, y también en los Estados Unidos, la tendencia es que la empresa descubridoras y los estados interesados puedan llegar a un acuerdo, de manera que el conjunto de la carga recuperada se pueda repartir entre las diversas partes, pudiendo aquélla quedarse con una parte de la carga, con el fin de poder rentabilizar los gastos del rescate. Es la manera de trabajar en muchos pecios descubiertos en el Caribe, o en la zona del Canal de la Mancha, y el principio que ha inspirado el rescate de los objetos recuperados del Hollandia, al que ya le dediqué una entrada hace sólo unas pocas semanas ( ver “El Hollandia: la historia del hundimiento y el rescate de un filibote holandés del siglo XVIII”, de 19 de septiembre de 2021), y de otros barcos rescatados también, como éste, en la zona de las islas Scilly. Sin embargo, la legislación española es mucho más estricta en este sentido, que la existente en los países anglosajones, con el fin de conseguir una mayor protección para nuestro patrimonio cultural e histórico, de manera que todos los objetos arqueológicos recuperados, bien sea de la tierra como del mar, pasan inmediatamente a pertenecer al Estado, a cambio, en todo caso, de una pequeña indemnización, valorada en la mitad del precio en que sea tasado lo descubierto; eso sí, siempre que el descubrimiento sea casual, que no es el caso.

Esta manera diferente de actuar se puede apreciar claramente en otras operaciones realizadas por Odyssey. En 2003, la empresa había recuperado del fondo marino los restos del SS Republic, un buque estadounidense que había sido hundido por un huracán en 1865 frente a las costas de Georgia (Estados Unidos); en la operación fueron recuperadas más de cincuenta mil monedas y catorce mil piezas de diferente valor, cuya venta reportó a la empresa grandes beneficios. En el caso contrario tenemos al HMS Sussex, un navío de línea británico que naufragó el 19 de enero de 1694 cerca de la costa de Gibraltar, en aquel momento todavía posesión española, debido a una fuerte tempestad. Oddysey realizó diversas prospecciones con el fin de recuperarlo, a pesar de la negativa de la Junta de Andalucía, competente en materia arqueológica, a que la empresa pudiera trabajar en aguas jurisdiccionales españolas. Sin embargo, los trabajos continuaron en los años siguientes, de manera que la carga del barco pudo ser recuperada y, al menos una parte, explotada por la empresa cazatesoros. El sistema, no obstante, cuenta también con numerosos retractores incluso en los países que actúan de esta forma, “calificándose como saqueo de naufragios por parte de empresas privadas bajo el pretexto de una supuesta investigación arqueológica.”

No siempre las autoridades españolas se han alzado con el éxito en este tipo de actuaciones.  También en la primera década de este siglo XXI, mientras permanecía pendiente la resolución judicial que afectaba al Nuestra Señora de las Mercedes, otra empresa similar a Oddysey, BDJ Discovery Group, halló a doce millas de la costa del estado norteamericano de Carolina del Norte, un nuevo pecio al que se le puso el nombre en clave de “Firefly” (”Luciérnaga”), el cual las autoridades españolas siempre entendieron que se trataba del “Salvador”, un buque mercante de acompañamiento de la flota, al que en 1750 le sorprendió un fuerte huracán que terminó por hundirlo; fue el mismo huracán que también hundió a otro de los barcos que habían partido con él del puerto de La Habana, la fragata de cincuenta cañones “La Galga”, de la que también ya hemos hablado. En esta ocasión, la decisión de los tribunales norteamericanos, y en este caso un juez de Carolina del Norte, fallaba a favor de Odyssey, empresa que había comprado a los descubridores todos los derechos sobre los objetos hallados -seis barras de oro, dos de plata, dos esmeraldas, y algunos otros objetos de menor valor-. El fallo, en un primer momento, tiñó de desesperanza al equipo que en ese momento estaba realizando los trabajos para recuperar la “Mercedes”, pensando que quizá el tesoro de esta fragata podría correr la misma suerte que la carga del “Salvador”. Y por otra parte, también se encuentra el caso del “Concepción” –“Nuestra Señora de la Limpia y Pura Concepción”-, un galeón español de seiscientas toneladas que se hundió en 1651, al chocar contra unos arrecifes a setenta y cinco millas de las costas de la entonces isla de La Española, en el lado que actualmente ocupa la República Dominicana. La carga era, quizá, tan importante como la de la “Mercedes”, y las incógnitas también sobrevuelan todavía la historia de su descubrimiento.

¿Qué diferencia existe entre estos dos barcos y la “Mercedes”. La única diferencia está en su concepción como buque de guerra, que sitúa a esta fragata española dentro de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1682, una convención que está reconocida por muchos estados, y entre ellos España; algo que no afecta al “Salvador” por su condición de buque mercante, a pesar de que muchas veces había actuado, y en concreto también en aquel último viaje, acompañando a la Armada. Es esta convención, y no las leyes españolas, que sólo pueden actuar en pecios encontrados dentro de las aguas jurisdiccionales de nuestro país, las que han permitido la recuperación de su carga para el Estado español. A este respecto, Margarita Mariscal de Gante, consejera del Tribunal de Cuentas español, ha escrito lo siguiente en su artículo “Inmunidad de los buques de Estado y protección del patrimonio cultural subacuático, incorporado también en el mismo volumen ya citado: “El éxito de España en el litigio ante los tribunales norteamericanos sobre la fragata Nuestra Señora de las Mercedes no se basó en el carácter de patrimonio cultural subacuático del pecio, sino en que se trataba de un buque de guerra perteneciente a la Armada española y, por tanto, protegido por la inmunidad de jurisdicción que el Derecho Internacional reconoce a los buques de Estado. Es cierto que la Historia, como ciencia, tuvo una decisiva influencia en el litigio, pero no para acreditar el valor histórico de los restos hallados por la empresa Odyssey Marine Exploration, sino exclusivamente para identificar dichos restos con los del naufragio de la Mercedes y para demostrar que ésta era una fragata de guerra española hundida en una batalla naval contra una escuadra británica. Establecidos estos hechos, la Historia dejó paso a una de las más rancias instituciones del Derecho Internacional clásico: la inmunidad de los Estados soberanos en su proyección sobre los buques de Estado. Y fue la inmunidad soberana que los jueces estadounidenses otorgaron a la fragata hundida española, y no del valor cultural e histórico del pecio, lo que determinó la decisión de entregar a España las monedas y demás objetos extraídos por Odyssey”.

            Y más adelante, la misma autora continúa: “En el caso de la Mercedes, Odyssey pretendía, bien que se le considerase propietario del pecio, en virtud de las normas sobre hallazgos (Law of finds), bien que se le reconociera el derecho a una recompensa en virtud de las normas sobre salvamento (Law of salvage). Los tribunales estadounidenses que conocieron del caso no llegaron a decidir sobre el fondo de estas pretensiones, al apreciar su falta de jurisdicción por razón de la inmunidad reconocida al pecio de la Mercedes. No obstante, tanto el Tribunal de Apelación como el informe del juez Pizzo mencionan las previsiones de la Sunken Military Craft Act, en el sentido de que las normas sobre hallazgos no son aplicables a ninguna nave militar extranjera hundida en aguas de los Estados Unidos, y que no se reconocerán derechos o premios por salvamento en relación con naves extranjeras hundidas en aguas de los Estados Unidos sin el expreso consentimiento del Estado afectado. En el caso Juno y La Galga, la empresa Sea Hunt Inc. solicitó una recompensa por salvamento. La pretensión fue rechazada por los tribunales basándose en que el dueño de cualquier buque tiene derecho a rechazar un salvamento no deseado, y que, por tanto, al no haber autorizado el salvamento, España no tenía que satisfacer recompensa alguna a Sea Hunt. Respecto al Law of finds -que en el Derecho anglosajón se entiende como derecho a adquirir la propiedad del pecio si corresponde a un buque abandonado y, por tanto, sin dueño-, su inaplicabilidad a los buques de Estado está estrechamente entrelazada con la imprescriptibilidad de dichos buques y la necesidad de un acto expreso de renuncia para que se puedan considerar abandonados.”

Desde luego, la historia de “La Fortuna” y la de la fragata “Nuestra Señora de las Mercedes”, no sólo se asemejan, sino que son, en realidad, como dos gotas de agua, y el hecho, como ya he dicho, no puede ser casual. Y es que la novela gráfica en la que se basa la serie de televisión es obra de dos historietistas, Paco Roca y Guillermo Corral. Es precisamente éste último de quien quiero hablar: guionista, además de diplomático, actual embajador de España en Estonia, en el momento de producirse el descubrimiento acababa de llegar al Ministerio de Cultura como asesor para asuntos internacionales en el gabinete del propio ministro, que lo era entonces César Antonio Molina -escritor, como lo es también el personaje que interpreta el actor vasco Karra Elejalde. Es, por lo tanto, el verdadero diplomático que se esconde tras ese diplomático de la serie, un tanto apocado e inexperto, Álex Ventura. Fue, por ello, actor principal de todo el proceso radiografiado tanto en el cómic como en la serie, como uno de los miembros de la comisión que fue creada por el Gobierno español para recuperar todos los bienes extraídos del cadáver de la fragata.



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